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Artículo 45 quater. Reducción por excesos de adjudicación en adquisiciones por causa de muerte

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Artículo 45 quater. Reducción por excesos de adjudicación en adquisiciones por causa de muerte

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Se establece una reducción del 100% de la parte de la base imponible correspondiente a los excesos de adjudicación en adquisiciones inmobiliarias u otros bienes indivisibles por causa de muerte, incluidos los pactos sucesorios, de los sujetos pasivos de los grupos I, II y III, siempre que haya acuerdo de los sujetos pasivos en la partición de estos bienes y no sea posible que el exceso de adjudicación imputable al sujeto pasivo se compense con otros bienes del mismo caudal hereditario.

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