Articulo 45 Presupuestos 2012 Canarias
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»Artículo 45. - Autorización de acuerdos y convenios en materia de personal.
Vigente
Los acuerdos, convenios, pactos o instrumentos similares en materia de personal que se adopten en el ámbito de las entidades a que se refiere el artículo 1, requerirán, para su plena eficacia, la autorización del Gobierno de Canarias, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto que tendrá por objeto valorar las repercusiones presupuestarias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012