Articulo 45 Prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears
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»Artículo 45. Personas destinatarias
Vigente
A efectos de este Decreto ley, se entiende que son personas destinatarias de la prestación los titulares de las pensiones no contributivas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2022 en vigor desde 13-07-2022