Articulo 45 Pesca de Galicia

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Artículo 45º.-Objetivo.

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El objetivo de la acuicultura marina será conseguir el óptimo aprovechamiento del potencial productivo del medio marino, respetando el medio ambiente y aumentando y promoviendo la competitividad, así como la mejora de las condiciones de vida y trabajo de las personas que se dedican a esta actividad y la contribución al desarrollo socioeconómico de las comunidades costeras.

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