Articulo 45 Organización ...autonómico

Articulo 45 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

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Artículo 45. Ámbito subjetivo.

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Las previsiones del presente título se aplicarán a las siguientes entidades autonómicas:

  1. Entidades públicas instrumentales:

    • Organismos autónomos.

    • Agencias públicas autonómicas.

    • Entidades públicas empresariales.

    • Consorcios autonómicos.

  2. Otras entidades instrumentales:

    • Sociedades mercantiles públicas autonómicas.

    • Fundaciones del sector público autonómico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2010 en vigor desde 01-01-2011