Articulo 45 Medidas urgen... el empleo

Articulo 45 Medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo

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Artículo 45. Formalización y presentación de solicitudes.

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1. La presentación de las solicitudes y de la documentación adicional justificativa se efectuará mediante firma electrónica avanzada en la aplicación informática que se desarrolle al efecto. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación, en el plazo indicado en el anexo II.

En el caso de que el solicitante sea una persona física, los puntos de venta podrán facilitarle los medios electrónicos que le permitan tramitar la solicitud de ayuda. Para ello, deberá contar con certificado de firma electrónica avanzada. Asimismo, el interesado podrá nombrar un representante para la realización de la solicitud y gestión de la documentación, que deberá estar autorizado a tal efecto

2. Las solicitudes de ayuda se realizarán cumplimentando el formulario disponible en la aplicación informática según las reglas de procedimiento previsto en el anexo II.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-07-2020 en vigor desde 07-07-2020