Articulo 45 Medidas tributarias y administrativas 2005 I. Balears
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»Artículo 45. Modificación de la Ley 7/1985, de 22 de mayo, de creación de la Compañía de Radio y Televisión de las Illes Balears.
Vigente
Se añade la letra i) en el artículo 11 de la Ley 7/1985, de 22 de mayo, de creación de la Compañía de Radio y Televisión de las Illes Balears, con la siguiente redacción:
«i) El resto de funciones que, de acuerdo con la normativa vigente, correspondan a la compañía y que no estén atribuidas expresamente a ningún otro órgano.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006