Articulo 45 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat
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»Artículo 45
Vigente
Se modifica la disposición adicional 11.ª del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción:
«Los ingresos generados por la tasa por el abastecimiento de agua potable en alta desde la Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) de Alzira, a la que se refiere el capítulo V del título IX de la presente ley, quedan afectados, en un 45 por 100, a la Entidad Pública de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, y, en un 55 por 100, a los gastos derivados de la explotación y mantenimiento del sistema de abastecimiento de agua potable desde la Estación de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) de Alzira».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016