Articulo 45 Garantía de D...es Vitales

Articulo 45 Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales

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Artículo 45. Obligaciones específicas.

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Las personas titulares del complemento vital para el alquiler de vivienda estarán obligadas a justificar documentalmente con carácter anual el destino de la prestación.

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  • Texto Original. Publicado el 12-07-2021 en vigor desde 12-07-2022