Articulo 45 Estatuto de l...y usuarias

Articulo 45 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias

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Artículo 45. Caracterización.

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La mediación de consumo es un procedimiento que se caracteriza por la intervención de una tercera persona imparcial y experta, que tiene como objeto ayudar a las partes y facilitar la obtención por ellas mismas de un acuerdo satisfactorio.