Artículo 45 bis Medidas Financieras 2005 C León
Artículo 45 bis Medidas F...005 C León

Artículo 45 bis Medidas Financieras 2005 C. León

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Artículo 46. Subvenciones destinadas a recuperar el potencial productivo de las explotaciones agrarias de Castilla y León.

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1. La Administración de la Comunidad podrá conceder subvenciones dirigidas a recuperar el potencial productivo de las explotaciones agrarias de Castilla y León que se haya visto afectado negativamente por los daños producidos por plagas y/u otras circunstancias climatológicamente adversas, previo establecimiento de las bases reguladoras que determinarán las líneas subvencionables y el porcentaje o importe de la subvención correspondiente a cada línea.

2. Las subvenciones se concederán previa convocatoria pública y las solicitudes se resolverán por el orden de presentación en función del cumplimiento de los requisitos establecidos.

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