Artículo 440decies quater...o de tasas

Artículo 440decies quaterdecies Régimen específico de tasas

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Artículo 440 quaterdecies. Hecho imponible.

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Constituirá el hecho imponible de esta tasa la presentación de la solicitud de inscripción en el Registro de parejas estables de las Illes Balears de las parejas que cumplan los requisitos que establece la Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de parejas estables.

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