Articulo 44 TR de la Ley ...s públicas

Articulo 44 TR. de la Ley de finanzas públicas

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Artículo 44.

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Podrán generar créditos dentro del estado de gastos del presupuesto de la Generalidad los ingresos derivados de las operaciones siguientes:

a) Aportaciones de personas físicas o jurídicas, para financiar, juntamente con la Generalidad o sus entidades autónomas, gastos que por su naturaleza estén comprendidos dentro de los objetivos o finalidades de las entidades mencionadas.

b) Alienación de bienes de la Generalidad o de las entidades autónomas.

c) Prestación de servicios.

d) Reembolso de prestamos.

e) Créditos del exterior para inversiones públicas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003