Articulo 44 Reglamento de...al General

Articulo 44 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 44. Lenguas de procedimiento

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Las lenguas de procedimiento serán el alemán, el búlgaro, el checo, el croata, el danés, el eslovaco, el esloveno, el español, el estonio, el finés, el francés, el griego, el húngaro, el inglés, el irlandés, el italiano, el letón, el lituano, el maltés, el neerlandés, el polaco, el portugués, el rumano y el sueco.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015