Articulo 44 Reglamento Forestal
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»Artículo 44. Naturaleza.
Vigente
1. El Catálogo de Montes de Andalucía constituye un registro público de carácter administrativo.
2. El Catálogo de Montes de Andalucía incluirá los datos que se establecen en el artículo 45 de este Reglamento en relación con todos los montes públicos de Andalucía, tanto de dominio público como patrimoniales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-10-1997 en vigor desde 08-10-1997