Articulo 44 Recuperación de la memoria democrática
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»Artículo 44. Protección de la imagen.
Vigente
1. La Administración riojana colaborará, en la medida de sus posibilidades y competencias, para que los medios de comunicación fomenten la protección y salvaguarda de la imagen de las víctimas del franquismo, evitando cualquier utilización inadecuada y desproporcionada de ella.
2. En tal sentido, ayudará a que la difusión de informaciones relativas a las víctimas del franquismo tenga en cuenta el respeto a los derechos humanos, la libertad y dignidad de las mismas y de sus familias.