Articulo 44 Promoción de ...municación

Articulo 44 Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación

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Artículo 44. Los programas de actuación.

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1. Programa de Actuación es un documento que planifica las actuaciones tendentes a la mejora de la accesibilidad en un municipio o en un área de este municipio, en un edificio o en un conjunto de edificios, ya existentes. La finalidad del documento es adaptar su accesibilidad a las condiciones definidas en las normas técnicas.

2. Dichos programas deberán contener, al menos los siguientes contenidos:

a) Definición del ámbito de actuación.

b) Inventario de los espacios y edificios que precisen adaptación.

c) Definición cuantitativa y cualitativa de las barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la edificación existentes.

d) El orden de prioridades con el que se ejecutará, creándose itinerarios preferentes y secundarios.

e) Plazos para su realización.

f) Presupuesto estimado de las obras.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-1999 en vigor desde 15-06-1999