Articulo 44 Presupuestos Generales para 2022 de Navarra
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Artículo 44. Centrales sindicales y organizaciones empresariales.

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- La partida 810012-81500-4819-494108, denominada, "Transferencias a centrales sindicales en proporción a su representatividad", del presupuesto del Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial, se distribuirá entre todas ellas en función de la representación que ostente cada una de ellas en el ámbito de la Comunidad Foral, y conforme a los resultados de las actas electorales cuyas votaciones y escrutinios se hayan celebrado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2021 y con mandato representativo en vigor en esta última fecha, según se dispone en la Orden Foral 26E/2017, de 16 de junio, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se establece el régimen de la subvención a las organizaciones sindicales para el ejercicio de sus actividades ordinarias, en proporción al número de representantes obtenido en Navarra, así como en su correspondiente convocatoria anual.

- La partida 810012-81500-4819-494103, denominada "Compensación por su participación a los sindicatos componentes del Comité de seguimiento del proceso electoral sindical", se distribuirá entre los sindicatos que participen en la Comisión creada por Decreto Foral 182/1994, de 3 de octubre, en proporción al número de representantes de cada uno de ellos.

- La partida 810012-81500-4819-494114, denominada "Promoción y mantenimiento de entidades de economía social. ANEL", se destinará a sufragar los gastos de infraestructura y mantenimiento de la Asociación de Empresas de Economía Social de Navarra (ANEL) para que pueda cumplir con su finalidad de promoción, desarrollo, fomento y fortalecimiento de la economía social.

- La partida 810012-81500-4819-494113, denominada "Transferencia a organizaciones empresariales por su representatividad. CEN", se destinará a sufragar los gastos de infraestructura y funcionamiento de la Confederación Empresarial de Navarra, para que pueda cumplir sus fines fundamentales recogidos en el artículo 4 de sus estatutos.

- La partida 810012-81500-4819-494121, denominada "Transferencia a la Asociación Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social de Navarra (CEISNA)", se destinará a sufragar los gastos de infraestructura y funcionamiento de la Asociación Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social de Navarra (CEISNA), como entidad representativa de la economía social de Navarra, para que trabaje por la plena inclusión laboral y social de las personas con discapacidad.

- La partida 810012-81500-4819-494122, denominada "Transferencia a la Asociación de Empresas de Inserción de Navarra (EINA)", se destinará a sufragar los gastos de infraestructura y funcionamiento de la Asociación de Empresas de Inserción de Navarra (EINA), como entidad representativa de la economía social de Navarra, para que trabaje por la integración social y laboral de personas con especiales dificultades de ingreso en el mercado laboral.

- La partida 810012-81500-4819-494123, denominada "Transferencia a la Asociación Fundaciones de Navarra", se destinará a sufragar los gastos de infraestructura y funcionamiento de la Asociación Fundaciones de Navarra, como entidad representativa de la economía social de Navarra, para que promueva el modelo fundacional desde la economía social y mejore su gestión y la cooperación entre ellas.

- La partida 810012-81500-4819-494111 denominada "Transferencia a agentes sociales y empresariales por participación", se destinará a fomentar la participación institucional de agentes sociales y empresariales, según se establece en la Orden Foral 222/2016, de 3 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se regulan las compensaciones que percibirán las organizaciones sindicales y empresariales por su participación.

- La partida 810012-81500-4819-494100, denominada "Subvención a la Asociación Unidad de Innovación Social para su funcionamiento", se destinará a sufragar los gastos de infraestructura y mantenimiento de la Asociación Unidad de Innovación Social para que pueda cumplir con su finalidad de promoción e impulso de la innovación social, la ideación y desarrollo colaborativos de formas innovadoras de resolver retos sociales y que promuevan un desarrollo económico innovador, social, sostenible y centrado en las personas, generando actividad empresarial y empleo de calidad.

- La partida 950002-96200-4819-242106, denominada "Compensación por participación en actividades de prospección y planificación en necesidades formativas", se distribuirá conforme a lo previsto por la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022