Articulo 44 Presupuestos 2011 La Mancha
Articulo 44 Presupuestos 2011 La Mancha

Articulo 44 Presupuestos 2011 La Mancha

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 44. Autorización de los costes de personal de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se autorizan para el año 2011 los costes de personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha sin incluir trienios, costes sociales y seguridad social, e incluyendo los costes derivados de la adaptación al espacio europeo de educación superior y de la implantación de las nuevas titulaciones.

a) Los costes del personal docente e investigador, sin incluir proyectos y contratos de investigación, enseñanzas propias y actividades extraordinarias, ascienden a 80.900.000,00 euros, incluidos los méritos docentes y el complemento de calidad docente.

b) Los costes del personal de administración y servicios, sin incluir los costes de personal de apoyo a los proyectos y contratos de investigación, enseñanzas propias y actividades extraordinarias, ascienden a 38.700.000,00 euros.

2. La Universidad de Castilla-La Mancha podrá ampliar sus créditos del capítulo I en función de la subvención que reciba de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la aplicación del convenio de financiación y contratoprograma, así como en función de las mayores subvenciones que, en su caso, reciba para estos gastos de la consejería con competencias en materia de educación.

También podrán ampliarse los referidos créditos en virtud de autorización expresa otorgada por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de las consejerías con competencias en materia de educación y economía y hacienda.