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Articulo 44 Memoria democrática y para la convivencia

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Artículo 44. Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas

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1. Para el estudio, investigación e impulso de las medidas establecidas en esta ley se crea el Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas con sede en la ciudad de Alicante.

2. El instituto se configura como organismo autónomo de la Generalitat adscrito a la conselleria competente en materia de memoria histórica y democrática, con personalidad jurídica pública propia, autonomía funcional y de gestión y plena capacidad de actuar para organizar y ejercer las funciones que se le atribuyan.

3. El Consell aprobará, mediante decreto, los estatutos del Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas en los que se desarrollará su estructura administrativa, competencias y funciones, así como el régimen jurídico de funcionamiento previsto en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017