Articulo 44 Medidas urgentes de empleo

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Artículo 44. Entidades beneficiarias.

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1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:

a) Entidades de formación.

b) Entidades sin ánimo de lucro.

c) Empresas de inserción, definidas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.

d) Entidades del tercer sector, entendiendo por tales las definidas y reguladas en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social.

2. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que tengan la consideración de sector público.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2021 en vigor desde 18-12-2021