Articulo 44 Medidas fiscales y administrativas 2002 de Cataluña
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»Artículo 44. Órganos de gobierno
Vigente
1. Los órganos de gobierno del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias son:
a) El Consejo Rector.
b) El director o directora.
c) El Consejo Asesor.
2. (DEROGADO)
3. (DEROGADO)
4. El Gobierno debe determinar por reglamento la composición, las funciones y el procedimiento de provisión del Consejo Asesor. Las funciones de este Consejo son consultivas y de asesoramiento, y deben participar en el mismo los agentes que intervienen en el cumplimiento de las funciones que la presente Ley atribuye al Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales,administrativas, financieras y del sector público.
(DOGC de 30-01-2014) en vigor desde 31-01-2014