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Articulo 44 Juventud de C. Valenciana -Derogada-

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Artículo 44. Elaboración y ejecución del Pla Generalitat Jove

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1. El Pla Generalitat Jove será elaborado por Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove y, una vez aprobado por su Consejo Rector, se remitirá a la conselleria competente en materia de juventud, que elevará propuesta al Consell para su aprobación.

2. Corresponderá a Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove el impulso, la coordinación, el seguimiento y el control del Pla Generalitat Jove, para lo cual todos los departamentos de la Generalitat le facilitarán la información pertinente y la colaboración necesaria.

3. Cada departamento de la Generalitat adoptará en sus actuaciones las medidas que resulten necesarias para la ejecución de las acciones que se contemplan en el Pla Generalitat Jove y, al terminar el periodo de vigencia del Plan, darán cuenta a Institut Valencià de la Joventut. Generalitat Jove.