Articulo 44 Caza de Asturias

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Artículo 44.

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Son infracciones menos graves, que serán sancionadas con multa de 50.001 a 250.000 pesetas y la retirada de la licencia o imposibilidad de obtenerla en un plazo de un año:

1.ª Cazar en días que, como consecuencias meteorológicas, incendios, epizootías, inundaciones, sequías u otras causas, los animales se ven privados de sus facultades normales de defensa u obligados a concentrarse en determinados lugares.

2.ª Solicitar licencia de caza a sabiendas de tener pendiente el pago de alguna sanción, o solicitar la concesión de permiso de caza habiendo cometido en la campaña anterior infracciones punibles con arreglo a la presente Ley y no cumplidas, o solicitar o poseer licencia de caza estando inhabilitado para ello.

3.ª Impedir la entrada de cazadores que pretendan cazar en un terreno rural cercado, no sometido a otro régimen cinegético especial y que, teniendo accesos practicables, carezca de señales o carteles indicadores de la prohibición del paso.

4.ª No señalizar debidamente los terrenos cinegéticos sometidos a régimen cinegético especial. La sanción llevará aparejada la suspresión de lo acotado.

5.ª El incumplimiento de las condiciones fijadas para el cerramiento de terrenos cercados que constituyan cotos o los que se fijen para cercar terrenos que formen parte de un coto de caza ya establecido.

6.ª El incumplimiento de las normas que se dicten para la caza de determinadas especies cinegéticas empleando perros adiestrados.

7.ª No impedir que los perros propios vaguen sin control por terrenos cinegéticos en época de veda.

8.ª Portar armas de caza desenfundadas o dispuestas para su uso cuando se transite por el campo en época de veda, careciendo de autorización expresa.

9.ª Cazar en línea de retranca.

10. Alterar precintos y marcas reglamentarias.

11. El incumplimiento de las normas sobre seguridad de cazadores y acompañantes.

12. El empleo de munición no autorizada reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-06-1989 en vigor desde 07-07-1989