Articulo 43 TR Ley del comercio interior

Articulo 43 TR. Ley del comercio interior

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Artículo 43. Ventas especiales.

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Se consideran ventas especiales, a los efectos de este texto refundido, tanto las ventas celebradas fuera de establecimiento comercial como las ventas promocionales.

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  • Texto Original. Publicado el 30-03-2012 en vigor desde 31-03-2012