Articulo 43 Sindic de Greuges

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Artículo 43. Comunicación con personas privadas de libertad

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La privación de libertad de una persona no impide la comunicación con el Síndic de Greuges, excepto en los casos determinados por las leyes.

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  • Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 31-12-2009