Articulo 43 Reglamento ge...e Mallorca

Articulo 43 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca

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Artículo 43. Contenido de la memoria del plan de ordenación detallada

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1. La memoria informativa y justificativa del plan de ordenación detallada se deberá referir a los aspectos siguientes:

a) Información urbanística del ámbito ordenado, incluyendo los estudios que sean necesarios, que deberán considerar los aspectos que pueden condicionar la estructura urbanística del territorio.

b) Objetivos y criterios de la ordenación de los distintos ámbitos, y análisis, en su caso, de las alternativas planteadas y descripción y justificación de la propuesta de ordenación.

2. En los casos de modificaciones de los planes de ordenación detallada que sean de iniciativa privada, se tendrá que incorporar a la memoria un anexo que justifique la necesidad de la iniciativa, y su oportunidad y la conveniencia con relación a los intereses públicos y privados concurrentes.