Articulo 43 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 43.
Vigente
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas de especialización en los órdenes contencioso administrativo y social se presentarán en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011