Articulo 43 Del Presidente y del Gobierno
Artículo 43.-Principios de buena regulación.
1. En el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, el Gobierno de Aragón y sus miembros actuarán de acuerdo con los principios de buena regulación recogidos en la legislación básica del Estado.
2. Son principios de buena regulación los siguientes: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, que incluye la claridad de la norma, transparencia y eficiencia.
3. En la exposición de motivos de los anteproyectos de
4. A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, las cláusulas derogatorias deberán indicar, de manera clara y expresa, las normas completas o los preceptos concretos que pierden su vigencia con la nueva disposición, evitando las cláusulas genéricas de derogación del derecho vigente.
5. La redacción de los textos legislativos utilizará un lenguaje integrador y no sexista.
- Artículo modificado por LEY 4/2021, de 29 de junio, de modificación de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
(BOA de 02-07-2021) en vigor desde 22-07-2021