Articulo 43 Patrimonio de Aragón -Derogada-
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Artículo 43.- Cargas y gravámenes.

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No podrán imponerse cargas o gravámenes sobre los bienes o derechos del patrimonio de Aragón sino con los requisitos exigidos para su enajenación.

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  • Texto Original. Publicado el 21-03-2011 en vigor desde 21-06-2011