Articulo 43 Patentes -Derogada-

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ARTICULO 43

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1. La solicitud de patente podrá ser retirada por el solicitante en cualquier momento antes de que la patente sea concedida.

2. Cuando figuren inscritos en el Registro de patentes derechos de terceros sobre la solicitud, ésta sólo podrá ser retirada con el consentimiento de los titulares de tales derechos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-1986 en vigor desde 26-06-1986