Articulo 43 Ordenación y gestión integrada del litoral
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»Artículo 43. Concurrencia de regímenes de uso en el área de mejora ambiental y paisajística
Vigente
Si sobre un mismo espacio confluyen normas o instrumentos de ordenación con regímenes de uso diversos, será de aplicación la regla que suponga mayor protección del espacio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-07-2023 en vigor desde 02-08-2023