Articulo 43 Ley de Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento
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La escritura de hipoteca contendrá, además de las circunstancias generales, las siguientes:
Primera.- Reseña de las máquinas, instrumentos o utensilios, con expresión de sus características de fábrica, número, tipo y cuantas peculiaridades contribuyan a su identificación.
Segunda.- Lugar del emplazamiento e industria a que se destinen.
Tercera.- Aplicación de cada máquina o utensilio y su estado de conservación o grado de deterioro.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-12-1954 en vigor desde 15-08-1955