Articulo 43 Emprendimiento y competitividad económica
Artículo 43. Contenido de las licencias
1. Las licencias deberán mostrar, como mínimo, los siguientes datos.
a) El nombre, razón social, número o código de identificación fiscal de quien ostente la titularidad.
b) La denominación del establecimiento.
c) El domicilio y emplazamiento.
d) La fecha de otorgamiento de la licencia.
e) El tipo de establecimiento, actividad recreativa o espectáculos públicos autorizados.
f) El aforo máximo permitido.
g) Cualquier otro dato que se considere oportuno en función de la normativa de aplicación y/o de las condiciones singulares en función de la tipología de la actividad o del establecimiento.
2. La licencia otorgada por el ayuntamiento será suficiente para acreditar la actividad, condiciones y características del establecimiento público y deberá exponerse en un lugar visible y de fácil acceso.
- Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 28-12-2013