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Articulo 43 Emprendimiento y competitividad económica

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Artículo 43. Contenido de las licencias

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1. Las licencias deberán mostrar, como mínimo, los siguientes datos.

a) El nombre, razón social, número o código de identificación fiscal de quien ostente la titularidad.

b) La denominación del establecimiento.

c) El domicilio y emplazamiento.

d) La fecha de otorgamiento de la licencia.

e) El tipo de establecimiento, actividad recreativa o espectáculos públicos autorizados.

f) El aforo máximo permitido.

g) Cualquier otro dato que se considere oportuno en función de la normativa de aplicación y/o de las condiciones singulares en función de la tipología de la actividad o del establecimiento.

2. La licencia otorgada por el ayuntamiento será suficiente para acreditar la actividad, condiciones y características del establecimiento público y deberá exponerse en un lugar visible y de fácil acceso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 28-12-2013