Articulo 43 Cine de Cataluña
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Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental

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1. Corresponde al Instituto Catalán de las Industrias Culturales conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico y documental de Cataluña.

2. El Instituto Catalán de las Industrias Culturales puede establecer convenios de colaboración con otras administraciones públicas o entidades privadas que tengan el objeto de conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico o documental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2010 en vigor desde 16-07-2010