Articulo 43 Cine de Cataluña
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»Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental
Vigente
1. Corresponde al Instituto Catalán de las Industrias Culturales conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico y documental de Cataluña.
2. El Instituto Catalán de las Industrias Culturales puede establecer convenios de colaboración con otras administraciones públicas o entidades privadas que tengan el objeto de conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico o documental.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2010 en vigor desde 16-07-2010