Articulo 42732 Libro cuar...sucesiones

Articulo 42732 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 427-32. Legado de constitución de un derecho real

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En el legado de eficacia obligacional que tiene por objeto la constitución de un derecho real, la persona gravada debe hacer los actos necesarios para constituirlo, especialmente si la cosa gravada pertenece a una tercera persona.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009