Artículo 427 Régimen específico de tasas

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Artículo 427. Cuantía.

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La tasa ha de exigirse conforme a las tarifas siguientes:

1. Suministro de datos en papel:

Cuota fija: 4,00 euros.

Cuota variable: 0,50 euros/página, con excepción de la primera.

2. Suministro de datos en el soporte magnético: 15,00 euros.

3. Si los datos suministrados requieren un proceso previo de la Administración: 30,00 euros adicionales a las tarifas anteriores.

Modificaciones