Artículo 427 Régimen específico de tasas
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»Artículo 427. Cuantía.
Vigente
La tasa ha de exigirse conforme a las tarifas siguientes:
1. Suministro de datos en papel:
Cuota fija: 4,00 euros.
Cuota variable: 0,50 euros/página, con excepción de la primera.
2. Suministro de datos en el soporte magnético: 15,00 euros.
3. Si los datos suministrados requieren un proceso previo de la Administración: 30,00 euros adicionales a las tarifas anteriores.
Modificaciones
- Modificación realizada (427 (se añade)) por Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas
(BOIB de 31-12-2005) en vigor desde 01-01-2006 - Texto Original. Publicado el 24-12-1998 en vigor desde 01-01-2006