Articulo 42317 Libro cuar...sucesiones

Articulo 42317 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 423-17. Condiciones ilícitas

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las condiciones ilícitas se tienen por no formuladas, pero, si resulta claramente que el cumplimiento de la condición ilícita es motivo determinante de la institución de heredero, esta es nula.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009