Articulo 42316 Libro cuar...sucesiones

Articulo 42316 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

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Artículo 423-16. Condiciones imposibles, irrisorias y perplejas

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Las condiciones imposibles, las irrisorias y las perplejas se tienen por no formuladas.

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  • Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009