Articulo 4211 Libro cuart...sucesiones

Articulo 4211 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones

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Artículo 421-1. Libertad de testar

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La sucesión testada se rige por la voluntad del causante manifestada en testamento otorgado de acuerdo con la ley.

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  • Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009