Articulo 42 Promocion de ... Andalucia

Articulo 42 Promocion de la igualdad de genero en Andalucia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 42. Investigación biomédica.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La Administración de la Junta de Andalucía impulsará el enfoque de género en las diferentes líneas y proyectos de investigación biomédica, de forma que permita conocer los diferentes modos de enfermar y de respuesta terapéutica de las mujeres y los hombres.

2. La Administración sanitaria incorporará a los estudios de investigación y de opinión sobre los servicios sanitarios, así como en las encuestas de salud, indicadores que permitan conocer los datos relativos a mujeres y hombres, tanto de forma desagregada por sexos como en forma global.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-2007 en vigor desde 19-12-2007