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Articulo 42 Memoria democrática y para la convivencia

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Artículo 42. Plan estratégico de memoria democrática de la Comunitat Valenciana y programas anuales

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1. Las actuaciones de la Generalitat en materia de memoria democrática se articularán mediante el Plan estratégico de memoria democrática de la Comunitat Valenciana y los programas anuales.

2. El Plan estratégico de memoria democrática de la Comunitat Valenciana tiene una duración cuatrienal y contiene los objetivos y prioridades que deben regir esta política durante su período de vigencia. Asimismo, determina los recursos financieros indicativos para su ejecución.

3. El Plan estratégico de memoria democrática de la Comunitat Valenciana establecerá medidas específicas respecto de los trabajos de indagación, localización, exhumación e identificación de las víctimas.

4. Los programas anuales desarrollarán los objetivos, prioridades y recursos contenidos en el plan estratégico para el ejercicio correspondiente.

5. El Consell aprobará el Plan estratégico de memoria democrática de la Comunitat Valenciana elaborado por el Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas y lo remitirá a Les Corts para su examen. Igualmente, aprobará los respectivos programas anuales elaborados por dicho instituto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017