Articulo 42 Medidas tributarias 2007 Aragón
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»Artículo 42. -Sujetos pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos obligados directamente al pago de la tasa las personas y entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón a quienes se presten los servicios y trabajos queconstituyen el hecho imponible.