Articulo 42 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 42. - Sujetos pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos obligados directamente al pago de la tasa las personas y entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, a quienes se presten los servicios y trabajos que constituyen el hecho imponible.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014