Articulo 42 Lucha contra ...enunciante

Articulo 42 Lucha contra el fraude y la corrupción y protección de la persona denunciante

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Artículo 42. Concepto y clases de infracciones.

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1. Son infracciones sancionables las acciones u omisiones que estén tipificadas como tales en esta Ley.

2. Las infracciones se califican en muy graves, graves y leves.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-07-2021 en vigor desde 02-07-2021