Articulo 42 Función Publi...-Derogada-

Articulo 42 Función Publica de Asturias -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 42.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Una vez publicada la oferta de empleo, serán convocadas, dentro del primer trimestre de cada año natural, las correspondientes pruebas selectivas para el acceso a las plazas vacantes comprometidas en la misma y hasta un 10 por 100 adicional.

2. Las convocatorias indicarán el calendario de realización de las pruebas que, en todo caso, deberán concluir antes del 1 de octubre de cada año, sin perjuicio de los cursos selectivos de formación que se establezcan.

3. Las plazas convocadas habrán de mantenerse en plantilla hasta que se resuelva la correspondiente convocatoria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986