Articulo 42 empresas obli...83/349/CEE

Articulo 42 empresas obligadas a informar de los pagos efectua2 a las administraciones publicas empresas estados financieros anuales, estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, y modifica la Directiva 2006/43/CE y deroga Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE

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Artículo 42 Empresas obligadas a informar de los pagos efectuados a las administraciones públicas

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1. Los Estados miembros exigirán a las grandes empresas y a todas las entidades de interés público activas en la industria extractiva o la explotación maderera de bosques primarios que elaboren y publiquen un informe sobre los pagos realizados a las administraciones públicas con periodicidad anual.

2. Tal obligación no se aplicará a las empresas, ya sean filiales o sociedades matrices, que estén sujetas al Derecho de un Estado miembro cuando se cumplan las dos condiciones siguientes

a) que la sociedad matriz esté sujeta al Derecho de un Estado miembro, y

b) que los pagos a las administraciones públicas abonados por la empresa se incluyan en el informe consolidado sobre dichos pagos elaborado por dicha sociedad matriz con arreglo al artículo 44.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-06-2013 en vigor desde 29-06-2013