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Articulo 42 Caza y de Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos

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Artículo 42. Instrumentos de planificación cinegética.

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1. Los instrumentos de planificación cinegética en Castilla y León serán los siguientes:

a) Estrategia de la Caza de Castilla y León.

b) Planes territoriales de recursos cinegéticos y planes de gestión de especies cinegéticas.

c) Planes cinegéticos de los cotos de caza y de las reservas regionales de caza.

2. Tales instrumentos se configuran como un sistema de planificación jerárquico, de tal manera que cada instrumento desarrollará las directrices o determinaciones establecidas en el instrumento de ámbito superior. No obstante, la ausencia del instrumento de planificación superior no impedirá planificar la gestión mediante los restantes instrumentos de planificación.

3. En todo caso, los planes cinegéticos de los cotos de caza y de las reservas regionales de caza son los únicos instrumentos de planificación imprescindibles para practicar la caza en los terrenos cinegéticos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-07-2021 en vigor desde 08-08-2021