Articulo 42 Actividad física y deporte de Aragón
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»Artículo 42. Obligaciones de transparencia.
Vigente
Las federaciones deportivas aragonesas habrán de cumplir con las obligaciones que, en materia de transparencia, les resulten exigibles conforme a lo dispuesto en la normativa básica estatal y en la normativa aragonesa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-12-2018 en vigor desde 20-12-2018