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Articulo 42 Acogimiento familiar en C. Valenciana

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Artículo 42. Derechos y responsabilidades

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1. Las niñas, niños y adolescentes acogidos, además de los derechos y responsabilidades que les reconoce el ordenamiento jurídico, tendrán los reconocidos expresamente en este capítulo.

2. La entidad pública arbitrará los mecanismos y procesos que estime necesarios para que sean reales y efectivos en el tiempo que proceda su ejercicio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-03-2021 en vigor desde 09-03-2021